1. Área de alistamiento y despacho.
  2. Área de almacenamiento de materias primas y medicamentos que requieran cadena de frío para su conservación.
  3. Área para manejo y disposición de residuos, de acuerdo con la reglamentación vigente.
  4. DEPÓSITOS DE DROGAS Los Depósitos de Drogas son los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta al por mayor de medicamentos, dispositivos médicos y productos autorizados y deberán cumplir con las disposiciones establecidas en el artículo 11 del Decreto 2200 de 2005,
  5. Condiciones de infraestructura física
  6. areas: a) Área administrativa, debidamente delimitada. b) Área de recepción de medicamentos, dispositivos médicos y productos autorizados. c) Área de cuarentena de medicamentos.
  7. Área adecuada y segura para el almacenamiento de medicamentos de control especial.
  8. Las Agencias de Especialidades Farmacéuticas que sean responsables directa o indirectamente de todo el proceso de registro sanitario ­INVIMA, estarán dirigidas exclusivamente por un Químico Farmacéutico.
  9. Dirección técnica
    1. Las Agencias de Especialidades Farmacéuticas estarán dirigidas por un Químico Farmacéutico o un Tecnólogo en Regencia de Farmacia.
  10. Las Agencias de Especialidades Farmacéuticas son los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta al por mayor de medicamentos, dispositivos médicos y productos autorizados,
  11. Área debidamente identificada para el almacenamiento de medicamentos que deben ser destruidos o desnaturalizados, por vencimiento o deterioro.
  12. Adriana Rubio cala