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Disposiciones generales
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Finalidad Artículo 2.
- Garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar
individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.
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Definicion Artículo 4.
- Es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional en los términos de esta Ley, sin perjuicio de los sistemas instituidos por otros ordenamientos.
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Terminos generales Artículo 5 A.
- Patrones o patrón: la persona física o moral que tenga ese carácter en los términos de la Ley Federal del Trabajo.
- Trabajadores o trabajador: la persona física que la Ley Federal del Trabajo define como tal
- Trabajador permanente: aquél que tenga una relación de trabajo por tiempo indeterminado
- Trabajador eventual: aquél que tenga una relación de trabajo para obra determinada o por tiempo determinado
- Sujetos o sujeto obligado: los señalados en los artículos 12, 13, 229, 230, 241 y 250-A de la ley,
- Responsables o responsable solidario: para los efectos de las aportaciones de seguridad social son aquellos que define como tales el artículo 26 del Código
- Beneficiarios: el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o el concubinario
- Derechohabientes o derechohabiente: el asegurado, el pensionado y los beneficiarios de ambos
- ensionados o pensionado: el asegurado que por resolución del Instituto tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total
- Cuotas obrero patronales o cuotas: las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley a cargo del patrón, trabajador y sujetos obligados
- Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como tal
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Regimen obligatorio
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Alcance
- Quienes cotizan en el obligatorio trabajan para un patrón y éste tiene la obligación de asegurarlos
- Riesgos de trabajo;
- Enfermedades y maternidad
- Invalidez y vida
- Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez
- Guarderías y prestaciones sociales
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Cuotas
- Todo trabajador que labora en dos empresas a la vez, ambas empresas están
obligadas a darlo de alta en el Seguro Social
- Dar de alta a un trabajador con un salario menor a lo que realmente gana,
además de ser ilegal y traer consecuencias de créditos fiscales en un futuro
- Cuando se da de alta un trabajador, el salario estipulado deberá dividirse entre la
jornada de trabajo, siendo esto, entre 7 semanal, entre 14 catorcenal, entre 15 quincenal, y entre 30 mensual.
- l IMSS no acepta dar de alta trabajadores con menos de un salario mínimo, por
Ley
- Si el trabajador solo trabaja 1 día de la semana y se le paga de esta manera, el
salario que recibe en la semana se deberá dividir entre 7
- Una vez teniendo el salario diario, resultado de las operaciones matemáticas del
numeral 4 y 5, se debe multiplicar por el Facto de Integración que le corresponda a la empresa
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Conceptos que NO grava el IMSS
- Premio de puntualidad
- Premio por asistencia
- Despensa
- El fondo de ahorro
- La alimentacion
- La liquidacion
- Instrumentos de trabajo y ropa
- El reparto de utilidades
- El tiempo extra doble
- El costo del IMSS, Afore, INFONAVIT, 2 % s/ nomina, de un trabajador, puede
fluctuar entre un 25% a un 40% sobre su salario y esto lo debe pagar casi en su
totalidad el patrón.
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Regimen voluntario
- Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad
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Alcance
- Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad
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Requisitos
- Inscribirse antes de vencer 5 años a partir de la fecha de baja del ultimo patron
- Tener como minimo 52 semanas cotizadas en los ultimos 5 años
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Instituto Mexicano del Seguro Social
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Atribuciones
- El artículo 251 describe las facultades y atribuciones que tiene el IMSS
- Subtema 3
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Estructura
- Asamblea General
- Consejo Tecnico
- Comision de Vigilancia
- Direccion General