1. Art. 709._ Contenido del pagaré. El pagaré del contener, además de los requisitos que establece el artículo 621, los siguientes:
    1. 1. La promesa incondicional de pagar una suma determinante de dinero
    2. 2. El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago
    3. 3. La indicación de ser pagadero a la orden o al portador
    4. 4. La forma de vencimiento
  2. Art. 710._ Posición jurídica del otorgante. El suscriptor del pagaré se equipara al aceptante de una letra de cambio.
  3. Art. 711._ Normas aplicables al pagaré. Serán aplicables al pagaré en lo conducente, las disposiciones relativas a la letra de cambio.