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2010
- 30 junio 2010. Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria. Se da la opción para los contribuyentes de presentar o no el dictamen fiscal y los requerimientos que se deben cumplir para quienes opten por su presentación y ventajas que se obtienen al presentarla. Art. 32-A y 52 del CFF
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2011
- 03 junio 2011. Se pone en marcha el SIPRED2010, Sistema de Presentación del Dictamen vía internet y las condiciones para su presentación de conformidad con el Artículo 32-A del CFF.
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2012
- 30 marzo 2012. Permite a los obligados a dictaminarse que hayan obtenido hasta 40 millones a no hacerlo. Es responsabilidad del contribuyente su presentación y no del contador público. Cambios en el SIPRED. Regulación de la subcontratación de personal.
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2013
- 9 diciembre 2013. Deja de ser obligatorio el dictamen para todo tipo de contribuyentes. Se establecen criterios para su presentación: ingresos superiores a 100 millones, activos a partir de 79 millones y 300 trabajadores en el año anterior. Contador público al corriente de su situación fiscal. Registro de contadores, renovado. Art. 32-A del CFF
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2014
- 7 enero 2014. Servicios Públicos del SAT tiene la facultad de otorgar, modificar, renovar, suspender o cancelar la inscripción del registro de contadores públicos para dictaminar.
- 15 julio 2014. Modificaciones al anexo 1-A RMF2014 Trámites fiscales.
- Octubre 2014. Deroga el capítulo II del RMF Dictamen del Contador Público y reglas que lo integran pasa a ser capitulo I.
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2015
- 24 agosto 2015. Nuevo reglamento del SAT deroga reglamento del 22/10/2009 sobre registro de contadores públicos.
- 08 octubre 2015. Se publica el nuevo RISR en el articulo 116, los contribuyentes que opten por el dictamen deben informar a la asamblea de accionistas lineamientos sobre la enajenación de acciones, de igual forma lo que menciona el 5 transitorio para efectos del costo por acción se considera la CUFINRE.
- 19 noviembre 2015. Modificación a la RMF 2.13 y 2.19 sobre requisito para proveedores de certificación de CFDI presentar dictamen fiscal.
- 23 diciembre 2015. La RMF 2.13.2 manifiesta como fecha para presentación del dictamen, 10 de agosto del 2016 en lugar del 15 de julio del 2016.
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2016
- 5 enero 2016. Se publica el Manual de Organización General del SAT. Menciona los registros de los Contadores Públicos y se comunica las irregularidades en que pidieron incurrir.
- 23 mayo 2016. Formatos e instructivos para régimen primario, así como sacas de cambio, uniones de crédito, SOMFOMES Fondos de inversión, etc. Para la presentación de dictamen financiero.
- 30 noviembre 2016. Se reforma el artículo 32-H del CFF, indicando que la declaración informativa debe presentarse en marzo de cada año como parte de la declaración anual y no en junio.
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2017
- 15 mayo 2017. Se reforma el artículo 32-A del CFF con nuevos criterios para dictaminar Estados Financieros: ingresos superiores a 109 millones, activos a partir de 86 millones.
- 22 diciembre 2017. La RMF en su capítulo 2.13 trata las disposiciones de manera directa con el dictamen fiscal o enajenación de bienes.
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2018
- 18 enero 2018. Se publica el anexo 1-A “Tramites Fiscales” dentro de la RMF y relacionados con el dictamen fiscal.
- 22 enero 2018. Anexo 16 de la RMF señala los instructivos y formatos para las personas que se dediquen actividades de autotransporte, carga o pasaje para la presentación de Dictamen de estados financieros.
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2019
- 28 junio 2019. La RMF 2.13.2 señala como fecha de presentación para el dictamen fiscal 12 de agosto.
- 24 julio 2019. Las personas físicas podrán presentar su balanza de comprobación ajustada al mes de julio de acuerdo con el sexto transitorio de la RMF 2.8.1.7