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Definición
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Es la manifestación o declaración de los poderes públicos de un Estado dotados de facultades administrativas, para imponer su voluntad sobre los derechos, libertades o
intereses de otros sujetos públicos o privados que hagan vida en la nación
- Criterio organico
- Criterio material
- En sentido lato
- En sentido restringido
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Caracteres
- La presunción de legitimidad
- La ejecutoriedad
- La estabilidad
- Impugnabilidad
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Elementos y requisitos
- - Ser expedido por órgano competente a través de servidor público.
- Tener objeto de materia determinado, con circunstancia de tiempo y lugar.
- Cumplir con la finalidad de interés público. Por escrito y firma autógrafa de la autoridad. Estar fundado y motivado.
- Expedido bajo las disposiciones de la ley.
- No existir error sobre el objeto, causa, motivo o fin del acto.
- No existir dolo o violencia.
- Mencionar el órgano que lo expide.
- Identificación exacta del expediente,
documentos y nombre de las personas.
- Señalar lugar y fecha de emisión.
- Notificarse y señalar la oficina en la cual se encuentra.
- Mención de los recursos que procedan,
- Ser expedido decidiendo expresamente los puntos propuestos por las partes o establecidos por la ley.
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Clasificación
- En estricto sentido restringido destacan las que atienden a los criterios de su esfera de aplicación, de su finalidad, de su contenido o efecto y de su relación con la ley.
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Causa de extinción
- Cumplimiento de su finalidad.
Expiración del plazo.
Cuando la formación del acto administrativo
esté sujeto a una condición o término
suspensivo de este.
Acaecimiento de una condición resolutoria.
Renuncia del interesado.
Por revocación.
Cuando así lo exija el interés público.
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El procedimiento administrativo
- Conjunto de actos metódicamente articulados con el propósito específico de regular la intervención de quien pueda participar en la conformación o impugnación de toda declaración de voluntad de un órgano del poder público en el ejercicio de su función administrativa.
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El recurso administrativo
- Será la acción y efecto de recurrir, pudiendo entenderse como la pretensión del interesado de que se modifique o se declare
inválida una resolución dictada en un proceso o procedimiento.
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Jurisdicción administrativa
- Es la competencia para conocer y resolver las controversias suscitadas entre la administración pública y los particulares en materia administrativa, tomando conocimiento o decisión de las pretensiones fundadas en el derechos administrativo.