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El gasto público y el poder de compra del estado
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Importancia de las adquisiciones y servicios públicos.
- Las compras gubernamentales constituyen en el mundo uno de los renglones de gasto
de mayor envergadura. Basta mencionar que, de acuerdo con estimaciones de la
Organización Mundial de Comercio (OMC), las compras gubernamentales ascienden
a un billón de dólares al año y en algunos estados de la comunidad internacional Hagan
a constituir más del diez por ciento del producto interno bruto.
- La dimensión y magnitud del poder de compra del Estado evidencian la importancia
estratégica que tienen los programas de modernización y desarrollo administrativo, yen
particular la revisión objetiva y profunda del sistema de recursos materiales de la
Administración Pública Centralizada y Paraestatal. A nadie escapa el hecho de que, la
adecuada realización de las funciones que tienen encomendadas estas instancias y la
correcta asignación de recursos, requieren del suministro de bienes y servicios en términos
de oportunidad, lugar, calidad y precio más bajo posible.
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Marco legal que regula la administración de recursos
materiales en el sector público.
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Constitucion política de los Estados Unidos Mexicanos
- De manera específica es el artículo 134 constitucional el que establece los criterios generales
para el ejercicio de la administración de recursos.
"Todos los contratos que el Gobierno tenga que celebrar para la ejecución de obras
públicas, serán adjudicados en subasta, mediante convocatoria, y para que se presenten
proposiciones en sobre cerrado, que será abierto en junta pública".
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Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
- Esta Ley establece las bases de organización de la administración pública federal,
centralizada y paraestatal. En ella se determinan las atribuciones de la Presidencia de la
República, las Secretarías de Estado, los departamentos administrativos, la Consejería
Jurídica del Ejecutivo Federal, los organismos descentralizados, las empresas de
participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las instituciones nacionales
de seguros y fianzas, y los fideicomisos públicos.
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Ley Federal de las Entidades Paraestatales
- Este ordenamiento es reglamentario del artículo 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de
las entidades paraestatales de la administración pública federal.
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Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal
- Esta Ley norma y regula el presupuesto, la contabilidad y el gasto público federal. Establece
que el gasto público federal comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente,
inversión física, inversión financiera, así como pagos de pasivo o de deuda pública, y por
concepto de responsabilidad administrativa, que realizan los Poderes Legislativo, Ejecutivo
y Judicial.
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Ley de planeación
- 1. Las normas y principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la Planeación
Nacional del Desarrollo
2. Las bases de integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeación
Democrática.
3. Las bases para que el Ejecutivo Federal coordine sus actividades de Planeación
con las entidades federativas, conforme a la legislación aplicable.
4. Las bases para promover y garantizar la participación democrática de los diversos grupos sociales.
5. Las bases para que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los
objetivos y prioridades del plan y los programas.
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Ley General de Deuda Pública
- En la Ley se establece que la deuda pública está constituida por las obligaciones de
pasivo, directas o contingentes, derivadas de financiamientos y a cargo del Ejecutivo
Federal y sus dependencias, el gobierno del Distrito Federal, los organismos descentralizados,
las empresas de participación estatal mayoritaria, las instituciones que presten
el servicio público de banca y crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito,
las instituciones nacionales de seguros y las de fianzas, y los fideicomisos públicos.
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Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
- La Leyes de orden público y tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación,
programación, presupuestación, contratación, y control de las adquisiciones y arrendamientos
de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza que
realicen:
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Ley de Obras Públicas Y Servicios Relacionados con las Mismas
- La LOPSRM es de orden público y tiene por objeto regular las acciones relativas a la
planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto, ejecución y control de
las obras públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas que realicen:
1. Las unidades administrativas de la Presidencia de la República.
2. Las Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal.
3. La Procuraduría General de la República.
4. Los organismos descentralizados.
5. Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos.
6. Las entidades federativas, con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a
los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal, con la participación que, en su
caso, corresponda a los municipios interesados. (No quedan comprendidos los fondos
previstos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal).
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Ley General de Bienes Nacionales
- Determina la conformación del patrimonio nacional en dos tipos de bienes:
• Bienes de dominio público de la Federación, y
• Bienes de dominio privado de la Federación.
Asimismo, establece las bases generales a las que se sujetará la administración de dichos
bienes.
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Ley federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
- El objetivo de esta Leyes reglamentar el Título Cuarto de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en las siguientes materias:
1. Los sujetos de responsabilidad en el servicio público.
2. Las obligaciones en el servicio público.
3. Las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público, así
como las que se deban resolver mediante juicio político.
4. Las autoridades competentes y los procedimientos para aplicar dichas
sanciones.
5. Las autoridades competentes y los procedimientos para declarar la procedencia
del procesamiento penal de los servidores públicos que gozan de fuero, y
6. El registro patrimonial de los servidores públicos.
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Estructura básica de la Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
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Planeación, programación, presupuestación
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La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público confiere un papel
importante al proceso de planeación, programación y presupuestación, ya que en su título
segundo, señala los aspectos básicos que deben realizar y cumplir las dependencias y
entidades públicas.
- Planeación: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 25 establece
que el Estado debe planear, conducir y orientar la actividad económica nacional, así
como regular y fomentar las actividades que demande el interés general.
- Programación: La Programación constituye un elemento fundamental dentro del proceso de la
planeación, ya que es el método a través del cual se definen estructuras, metas, tiempos,
responsables, instrumentos de acción y recursos necesarios para el logro de los
objetivos de largo y mediano plazos fijados en el Plan Nacional del Desarrollo, que se
concreta mediante la programación presupuestaria y que considera las limitaciones y
posibilidades reales de la economía nacional.
- Presupuestación: La presupuestación del gasto público constituye una parte esencial para el proceso de la
planeación, programación y contratación de los bienes, arrendamientos y servicios que
demanda la administración pública federal para su operación y funcionamiento, la Ley de
Adquisiciones, no detalla las acciones que implican una actividad de esta naturaleza en
virtud de que dichos aspectos, son regulados por otros ordenamientos fundamentales
especializados en la materia.
- La función de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la contratación de
servicios por parte de la administración pública federal, es regulada de manera expresa
por una serie de dispositivos legales que van desde disposiciones jurídicas de carácter
constitucional, hasta ordenamientos específicos de tipo administrativo.
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Fase de adjudicación
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Licitaciones públicas
- La Carta Magna consagra en su artículo 134 los principios que rigen y norman las
actividades de compra de bienes y contratación de servicios por parte de la administración
pública.
- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el párrafo segundo de
su artículo 134, establece que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de
todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación
de obra que se realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones
públicas mediante convocatorias públicas para que libremente se presenten
proposiciones solventes en sobres cerrados, que serán abiertos públicamente.
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Fase de contratación
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Tipología de los contratos
- El contrato administrativo para fines del presente capítulo se considerará "como el acuerdo
de voluntades entre la administración pública y un particular creador de derechos y
obligaciones, cuya finalidad es la satisfacción del interés público y que además, se encuentra
sujeto a un régimen de derecho público"."
- Traslativos de Dominio Traslativo de Uso Prestación de Servicios
1. Compra venta. 1. Arrendamiento. 1. Profesionales.
2. Permuta. 2. Adjudicación 2. Obra(s).
directa.
3. Donación. 3. No profesionales.
4. Mutuo.
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Condiciones y particularidades de los
Contratos administrativos
- Requisitos:
1. Predomina el interés público, sobre el interés particular
2. Su celebración está precedida de un procedimiento específico, que constituye
un requisito legal, para la formulación de la voluntad administrativa.
3. Sirve para seleccionar a los co contratantes del gobierno.
4. Invariablemente participa un órgano de la administración pública.
5. Una de las partes ofrece o impone sus condiciones a la otra, a quien solo queda la opción de aceptarlas.
- Características: Sinalagmáticos:
las partes intervenientes acuerdan obligaciones mutuas y recíprocas.
2. Onerosos: Las partes se proponen obtener un provecho o ventaja a cambio de una compensación.
3. Conmutativo: Por la certeza de sus prestaciones.
Formales
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Modalidades de los contratos
- La Ley de Adquisiciones considera diferentes modalidades de contratación con el fin de
proporcionarle al Estado y,en particular, a la administración pública federal, los instrumentos
necesarios, para que ésta pueda cumplir con las funciones que le han sido encomendadas
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Reglas para la contratación
- En términos generales, la Ley de Adquisiciones establece cinco grandes líneas de acción
que definen el marco de actuación a que están sujetas las dependencias y entidades
públicas en materia de contratación a saber: precios, garantías, plazos, anticipos y
formalización de los actos de adjudicación.
La Ley referida en su artículo 44 señala que los precios deben pactarse preferentemente
en condiciones fijas, aun cuando para casos justificados se pacten incrementos o
decrementos. Para ambos casos, deben establecerse los mecanismos que se aplicarán
previamente a la presentación de las propuestas.
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Formalización
- 1. Firma de los contratos dentro de los 20 días naturales posteriores a la notificación
del fallo.
2. No se concluirá con la formalización de los contratos si, no existe garantía de
cumplimiento del contrato, el cual deberá presentarse a más tardar dentro de los
10 días naturales siguientes a la firma del contrato.
3. Si el ganador licitante no firma en el plazo señalado la convocante puede asignarlo
al participante que presente la propuesta siguiente más baja (siempre y cuando la
diferencia en precio no sea mayor al 10%).
4. Si no se firma por causas imputables a la contratante el ganador no está obligado,
ni a entregar bienes ni a iniciar trabajos.
5. Si no se firma por culpa de la convocante, el ganador por escrito puede solicitar el
pago de gastos no recuperables.
6. El atraso en la firma, o entrega de anticipos, prórroga en igual tiempo el cumplimiento
de obligaciones.
7. Los derechos y obligaciones de los contratos no se pueden ceder ni parcial ni
totalmente.
8. Los derechos de cobro se pueden ceder con consentimiento de la convocante.
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Garantías contractuales
- Tipos En términos generales, una garantía es un documento legal mediante el cual el cocontratante
soporta el compromiso de cumplir con una obligación contraida en un contrato
o convenio. Tiene como finalidad proteger los recursos que la administración pública
compromete al formalizar un contrato.
- Garantía de anticipos, de cumplimiento, de vicios ocultos,
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Almacenes
- En sentido amplio, el almacén es el espacio físico en donde se guardan bienes de cualquier
clase. Por su parte, la función de almacenamiento comprende actividades y procedimientos
relativos al ingreso, registro, guarda, distribución, medidas de salvaguarda y control de los
bienes de consumo de una organización.
- El objetivo de la función de almacenamiento es optimizar la disponibilidad de bienes, el
control de sus operaciones y la minimización de los costos de almacenamiento.
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De la administración de los bienes muebles
- En atención al fin de comprender como se administran los bienes muebles de una
dependencia se debe entender primero lo que son y cómo se clasifican.
El Código Civil Federal en su artículo 751 marca una diferencia entre los bienes muebles
y los inmuebles. La Ley General de Bienes Nacionales determina que son del dominio
privado de la Federación, pero para efectos de clasificación y de su estudio estos podrán
dividirse en bienes muebles instrumentales y de consumo.
Bienes Instrumentales: considerados como implementos o medios para el desarrollo de
las actividades que realizan las dependencias, siendo susceptibles de la asignación de
un número de inventario y resguardo de manera individual, dada su naturaleza y finalidad
en el servicio.
Bienes de Consumo: aquellos que por su utilidad en el desarrollo de las actividades que
realizan las dependencias, tienen un desgaste parcial o total y son controlados a través de
un registro global en sus inventarios, dada su naturaleza y funcionalidad en el servicio.
La administración de los bienes y manejo de almacén estará a cargo de un área del
Oficial Mayor, quien aprobará los manuales, procedimientos, formatos e instructivos que
se requieran. Ante dicha situación queda entendido que cada dependencia definirá sus
formas de organización y trabajo. En tal caso el presente trabajo sugiere un modelo
alternativo para el funcionamiento del almacén, sustentado en el marco conceptual antes
referido y que estará sujeto a la naturaleza de los bienes que maneje cada dependencia.
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La función de almacenamiento
- La función objeto de estudio conforma un ciclo de almacenamiento en las organizaciones,
mismo que a continuación se describe para cada una de sus etapas.
- La recepción de bienes tiene como objetivo, organizar, dirigir y supervisar la entrada
física de los bienes adquiridos por la dependencia, buscando la mayor eficiencia de
los métodos de descarga, inspección y veriñcaclón.!" Así como revisar las espe-
cificaciones que se marcan y de la calidad con que se presenten.
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Recepción, registro de bienes Guarda de bienes
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registro de bienes
- El objetivo de esta etapa en la función de almacenamiento es planear, organizar. dirigir
y controlar los sistemas y procedimientos de registro, con el fin de mantener al día la
información acerca de la recepción, existencia, condiciones en que se emcuentran,
costo (en caso de que el almacén maneje la información sobre el costo de los bienes)
y localización de los bienes.
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Guarda de bienes
- Esta función dentro del ciclo de almacenamiento, tiene como objetivo asegurar la buena conservación
y protección de los bienes, la facil y segura identificación de los mismos, su rápido manejo y transportación
así como el máximo aprovechamiento de los mismos.
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Sistema de control de inventarios
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Conceptos básicos de inventarios físicos
- Los inventarios son de uso común y tienen como finalidad comprobar la existencia y condiciones
de uso de los bienes, conciliando sus resultados contra resguardos, registros
contables y avalúos e informando de sus resultados a las autoridades competentes.!"
En el mismo orden de ideas, es indispensable contar con adecuados sistemas de seguridad
para los bienes muebles, principalmente en aquellos sujetos a robo, daño, pérdida o
destrucción, hay que cerciorarse que los bienes muebles únicamente sean utilizados en el
desempeño de las funciones propias y en la ejecución de programas de la dependencia o
entidad y, en el caso de que no estén en uso, verificar su reasignación.
Los bienes muebles existentes deben estar debidamente asegurados, así como las pólizas
correspondientes actualizadas. Los bienes de alto valor o con riesgo de destrucción o
pérdida merecen especial atención de conformidad con la normatividad vigente.
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Clasificación de inventarios
- 1. Inventario perpetuo. Este sistema puede llevarse en tarjetas usuales o en cualquiera
de las formas utilizadas en un sistema de computación electrónica.
2. Inventario escalonado. Es el recuento que se efectúa por partes, o atendiendo a
ciertos tipos y clases de bienes, en el transcurso de un año o ejercicio, hasta llegar
al recuento total.
3. Inventario de tipo combinado. Resulta de la aplicación de las dos especies señaladas
en los puntos precedentes.
4. Registro de inventarios. Aunque sean correctos los sistemas de organización, será
necesario comprobar periódicamente la eficacia del sistema implantado. Esto
podrá hacerse contando físicamente los artículos en existencia, para comprobar
los resultados de dicho recuento con las cifras que aparezcan en los controles de
existencia, tanto del almacén como los que se lleven en la unidad encargada del
control contable de los bienes.
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Suministro de bienes y servicios
- A nadie escapa el hecho de que, la
adecuada realización de las funciones que tienen encomendadas estas instancias y la
correcta asignación de recursos, requieren del suministro de bienes y servicios en términos
de oportunidad, lugar, calidad y precio más bajo posible.
Es menester destacar que en el marco de la división de poderes que establece la Carta
Magna, corresponde al Titular del Poder Ejecutivo conducir la administración pública, la
cual es responsable de la adquisición, registro, almacenamiento y suministro de los bienes
que requieren sus órganos y más aún de las previsiones de obras y servicios a la población.
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Aseguramiento de bienes
- La naturaleza de las cosas aseguradas y las obligaciones garantizadas con fianzas, así
como los alcances, términos, condiciones y montos de los contratos, hacen auténticos
macroprogramas atípicos de aseguramiento y de afianzamiento, sujetos a disposiciones
legales específicas de regulación y normatividad correlacionadas con las operaciones de
seguros o de garantías con fianzas.
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Las obras públicas
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Definición
- La palabra obra, se entiende como "todo objeto producido o transformado por algún agente".
Las obras públicas o particulares se refieren a la construcción, reconstrucción, instalación,
reparación, mantenimiento, conservación, modificación y demolición de inmuebles.
Algunos autores definen la obra pública, "como una cosa hecha o producida por el
Estado o a su nombre, sobre un inmueble determinado con un propósito de interés
general y destinado al uso público, a un servicio público, o a cualquier fina1idad de
beneficio general".
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Estrategias
- En este sentido, la Constitución señala que las leyes establecerán las bases, procedimientos,
reglas y requisitos que deberán seguirse, para la adjudicación de bienes o contratación
de obras públicas, arrendamientos y servicios.
El artículo 134 de la Carta Magna define la misión, la visión, los objetivos, las estrategias y
las políticas generales que debe seguir el Estado, en materia de adquisición de bienes y
contratación de obra pública.
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Normatividad
- Los contratos y las inversiones en obras públicas, requieren de un tratamiento normativo
preciso, estructurado y unitario con base a un sistema de normas jerarquizadas, de tal
forma, que las normas superiores e inferiores no sean desconocidas entre sí.
"La fuente formal y directa más importante y de mayorjerarquía del derecho administrativo,
y de todas las ramas de la ciencia jurídica, es la Constitución, Ley Suprema de un
Estado...".171
"La Constitución es la espina dorsal del derecho administrativo, toda vez que de ella derivan
normas jurídicas y principios que establecen lineamientos imperativos a los que debe
ajustarse toda la actuación estatal, tanto en la producción de normas jurídicas generales
(Leyes y Reglamentos), como en su ejecución, al dictar actos concretos generadores de
normas jurídicas individualizadas"!"
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Programas de mantenimiento y Conservación de Inmueble
- La unidad encargada de los servicios generales debe elaborar su correspondiente
programa anual de remodelación y adaptación de oficinas para todos y cada uno de los
inmuebles que alojan. Dicho programa debe contener descripción, ubicación y monto de
los trabajos, contando obviamente, con los planos arquitectónicos y de las instalaciones
eléctricas, sanitarias, hidráulicas, aire acondicionado, detección y extinción de fuego e
instalaciones especiales de los inmuebles que alojan sus oficinas.
Cuando las unidades administrativas requieran de adaptación, remodelación y ampliación
de las oficinas, o de modificaciones en las instalaciones eléctricas o hidrosanitarias, y la
conexión de aparatos adicionales que necesite del uso de energía, deben solicitar dicho
requerimiento a la unidad encargada de los servicios generales para su identificación,
atención y control.