1. Es cuando dos o más personas se ponen de acuerdo respecto a un objeto determinado.
  2. Principales clases de contratos
    1. Contratos Verbis, se forman solamente con la ayuda de palabras solemnes.
    2. Contrato Litteris, este exige menciones escritas.
    3. Contratos Re, estos se hacen por la entrega de una cosa al que se convierte en deudor, como el prestamo, prestamos de uso y prenda.
    4. Contratos Consensu, estos son por el acuerdo de los sujetos; como la venta, el arrendamiento, la sociedad y el mandato.
    5. Toda convención que no figura en esta clasificación, no es un contrato, es un simple pacto que no produce en principio obligación civil.
  3. Otras convenciones sancionadas
    1. Derecho Civil, son los actos simples que se encuentran unidos a un contrato; es un pacto adjecta.
    2. Derecho pretorio, es cuando el pretor o juez surte de acciones ciertas convenciones como : el pacto de constituto, pacto de juramento y el pacto de hipoteca.
    3. Constituciones imperiales, se sancionaron la convención de dar entre vivos, y la que tenía por objeto la formalización de una dote; estos son llamados pactos legítimos.
  4. Divisiones
    1. Derecho estricto o de buena fe
      1. Derecho estricto, son los que derivan del Derecho Romano primitivo, para apreciar la medida exacta de la obligación que de ellos nace, el pretor debe atenerce a la letra del contrato.
      2. Buena fe, todo se arregla en ellos según la equidad.
    2. Contratos unilaterales y sinalagmáticos
      1. Unilaterales, son aquellos de los que no nace nunca obligación más que de una sola parte contratante.
      2. Sinalagmáticos o bilaterales son aquellos contratos que producen obligaciones a cargo de todas las partes contratantes.
  5. Elementos generales de los contratos
    1. Consentimiento, es el acuerdo de dos o varias personas que se entienden para producir un efecto jurídico determinado.
    2. Capacidad, es la aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones.
    3. Objeto, este consiste en la creación de una o varias obligaciones, el objeto debe de ser posible, debe de existir, debe ser lícito, debe constituir para el acreedor una ventaja y debe estar determinado.