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Autotutela: Es la forma práctica e inmediata que tiene el hombre para resolver sus comflictos de intereses.
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Formas reconocidas por el Estado
- Legitima defensa
- Defensa posesoria
- Derecho de retención
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Autocomposición: aquí las partes en conflicto mediante el uso de la razón, el dialogo llegan a un acuerdo, componiendo , resolviendo el conflicto sin necesidad de recurrir a un tercero o al órgano Jurisdiccional; es un arreglo pacifico del conflicto.
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Formas unilaterales
- Allanamiento: es el acto procesal a través del cual el demandado de manera expresa acepta el pedido del demandante.
- Desestimiento: puede ser del proceso, de algún acto procesal o de la pretensión
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Formas bilaterales
- Conciliación: es una negociación asistida, donde participa un tercero, puede ser extrajudicial o judicial.
- Transacción: es un acuerdo de las partes donde deciden sobre algún asunto litigioso.
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Heterocomposición: se da cuando los interesados acuden a una tercera persona, denominada imparcial; será ella quien resuelva el conflicto, por lo que la heterocomposición se presentará como una forma evolucionada e institucional de resolución.
- Arbitraje: se desarrolla a través de un contrato en el que los interesados aceptan someter sus diferencias a un tercero.
- Mediación: es cuando las partes son invitadas por un mediador a conciliar sus intereses.
- Proceso Jurisdiccional: se resuelve por sentencia o laudo y es el mejor instrumento para la aplicación del Derecho.
- Ombudsman: nace con la Constitución de 1809 de Suecia, con la finalidad de establecer un control adicional para el cabal cumplimiento de las leyes y crear una nueva vía, ágil y sin burocratismos, que conociera sobre las arbitrariedades cometidas por la autoridad.