En infracciones con pena máxima privativa de libertad de diez años, con excepción de violencia contra la mujer, integridad sexual y secuestro.
Se puede solicitar desde la audiencia de formulación de cargos hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio.
El procesado debe consentir
la aplicación de este procedimiento y la admisión del hecho, sin la violación de sus derechos.
Si hay varios procesados
SI
Se puede aplicar este procedimiento
NO
No se puede aplicar una pena privativa superior a la solicitada por el fiscal.
TRÀMITE
El fiscal debe proponer al procesado y a su defensor acogerse al procedimiento abreviado, acordar la calificación jurídica del hecho punible y la pena.
El defensor, debe explicar a su representado de forma clara y sencilla en qué consiste y las consecuencias.
Se debe realizar un acta donde conste la negociación, entre el fiscal y las partes.
Detalle de la negociación
Hechos probados
Elementos de convicción
Participación del procesado
Pena acordada
Reparación integral
Aceptación de los hechos
AUDIENCIA
SI
El juez debe asegurarse y preguntar al procesado, si el acuerdo lo aceptado de forma y libre y voluntaria.
LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SERÉ REBAJADA HASTA UN TERCIO DE LA PENA MÍNIMA PREVISTA PARA EL TIPO PENAL.