1. Deudor
    1. Definición
      1. Retraso del deudor en el cumplimiento de la prestación
        1. Da origen a responsabilidad contractual cuando es imputable al deudor.
    2. Caracteristicas
      1. I. Retraso en el cumplimiento de una obligación de
        1. Dar
        2. Hacer
      2. II. Es materialmente posible para el deudor todavía cumplir con la prestación
      3. III. El retraso sea imputable al deudor
      4. IV. Acreedor debió haber inequívocamente exigido el pago
        1. Declaración recepticia
    3. Configuración de la mora
      1. 1. Cuando NO ha cumplido la obligación dentro del término estipulado;
        1. Salvo que la ley, exija que se requiera al deudor para constituirlo en mora.
      2. 2. Cuando la cosa no ha podido ser dada o ejecutada sino dentro de cierto tiempo y el deudor lo ha dejado pasar sin darla o ejecutarla.
      3. 3. En los demás casos, cuando el deudor ha sido judicialmente reconvenido por el acreedor
    4. Efectos Jurídicos
      1. Indemnización
        1. Para el deudor la obligación de indemnizar por daños y perjuicios al acreedor.
      2. Perpetuatio obligationis (1604)
        1. Se traslada el riesgo y agrava responsabilidad en casos de
          1. (i) pérdida de la cosa debida
          2. (ii) imposibilidad sobrevenida de la prestación en caso fortuito o fuerza mayor,
          3. en caso tal deberá responder con el valor dinerario correspondiente a la obligación.
      3. Exigibilidad de cláusula penal
    5. Finalización
      1. Cuando el deudor moroso cumple con a prestación
      2. Cuando el acreedor concede un nuevo plazo al deudor para cumplir
      3. Cuando el deudor pretende cumplir y pagar los intereses moratorios, pero el acreedor se niega a recibir.
  2. Acreedor
    1. Definición
      1. Cuando este se niega a recibir o no facilita la recepción del pago
    2. Requisitos
      1. Rol del deudor
        1. Debe inequívocamente manifestar al acreedor su intención de realizar el pago efectivo y completo de la prestación
    3. Consecuencias jurídicas
      1. (i) el deudor queda facultado para cumplir por consignación
      2. (ii) el acreedor debe responder por la pérdida de la cosa debida o imposibilidad sobrevenida de la prestación.
      3. (iii) También debe responder por los gastos que se hayan generado para la liberación del deudor